SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN LOCAL |
Además de las funciones que en materia de fiscalización se establecen para las Subdirecciones de Fiscalización, en este caso orientado hacia las Localidades del Distrito, son funciones de ésta Subdirección: 1. Ejecutar las políticas y estrategias de participación ciudadana y control social definidas por la Dirección de Participación Ciudadana y Desarrollo Local en las Localidades del Distrito Capital. 2. Ejercer labores de control social en todas las Localidades de la ciudad, en materia de promoción y gestión de los procesos de participación de las comunidades y los ciudadanos. 3. Efectuar el seguimiento de las quejas y denuncias derivadas de las acciones ciudadanas, de acuerdo con la información que suministren sobre el particular las dependencias competentes. 4. Dirigir el apoyo al desarrollo de las veedurías que organice la sociedad civil para que contribuyan al eficaz ejercicio de la vigilancia fiscal participativa. 5. Desarrollar programas de formación, promoción, sensibilización y divulgación, que potencien la participación ciudadana y su contribución a la vigilancia fiscal. 6. Coordinar la ejecución de los procesos fiscalizadores sobre los recursos que manejen las Localidades del Distrito. 7. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. Parágrafo. Las Gerencias de Localidades dependerán directamente de la Subdirección de Gestión Local y apoyarán las funciones de ésta, en lo relacionado con el ejercicio de la vigilancia y control a la gestión fiscal y los procesos de participación ciudadana, control social y desarrollo local en su jurisdicción. |
| (Artículo 31 Acuerdo 658 de Diciembre 21 de 2016, Modificado Artículo 9 Acuerdo 664 de Marzo 28 de 2017) |
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